30-09-2005

REGISTRO CENTRAL, COLABORADORES DEL ESTADO Y MUNICIPALIDADES

REGISTRO CENTRAL de COLABORADORES del ESTADO y MUNICIPALIDADES

Este Registro se enmarca en la ley 19.862 que establece el registro de las personas jurídicas receptoras de fondos públicos. Gestiona la información relativa al movimiento de fondos entre personas e instituciones públicas y privadas.
El nuevo Registro se encuentra en funcionamiento desde la segunda mitad del mes de Junio de 2005 e incorpora como principal variación el registro de usuario por Organización, existiendo, en consecuencia una persona natural responsable de administrar la información de la organización en el sistema, con relación a las transferencias recepcionadas por la misma.

El trámite consiste en registrar a las personas jurídicas receptoras de fondos públicos en el Registro Central. La inscripción se realiza vía internet y el sistema le otorga un Certificado y la Inscripción en el mismo.

Las entidades obligadas a llevar Registros Institucionales deberán remitir la información en ellos contenida a la Subsecretaría de Hacienda, a más tardar el primer día hábil de la segunda semana del mes siguiente del que correspondan las trasferencias, a través del portal en internet.

La documentación debe entregarse en la institución en la cual gestionará la adjudicación de los fondos públicos, a fin de ser inscritos en los registros institucionales. Luego se inscribirá en el sitio de registros de la Ley 19.862 vía internet.

La inscripción es en línea y vía internet, a través de la página www.registros19862.cl

Este trámite está dirigido a las Personas Jurídicas que son susceptibles de recibir transferencias de fondos públicos, tal como lo define la ley 19.862, en la cual se entiende por trasnferencias las subvenciones a personas jurídicas, sin prestación recíproca en bienes o servicios, y, especialmente, los subsidios para financiamientos de actividades específicas o programas especiales y los gastos inherentes o asociados a la realización de éstos, sea que estos recursos se asignen a través de fondos concursables o en virtud de leyes permanentes, o subsidios, subvenciones en áreas especiales, o contraprestaciones establecidas en estatutos especiales, y otras de similar naturaleza.
A los órganos y servicios públicos incluidos en la Ley de Presupuestos y los municipios que efectúen trasferencias, a las entidades que reciban fondos públicos con cargo a la partida presupuestaria Tesoro Público.
Igual obligación regirá respecto de las instituciones que autorizan donaciones o franquicias tributarias.

IMPORTANTE: para aquellas agrupaciones que no posean o no tengan acceso a internet, la municipalidad facilita computadores para realizar este registro.
Dirigirse a BIBLIOTECA MUNICIPAL, calle ANIBAL PINTO 796 (esquina Andrés Bello)
Atención: LUNES a VIERNES entre 15:00 y 17:30 hrs.


EN FORMA GRATUITA


2 comentarios:

Kachos dijo...

A los presentes:





Mi nombre es Paulo Sancho Vega, y acudo a ustedes en busca de ayuda. Actualmente desarrollo mi proyecto de titulo de la carrera de Arquitectura en la Universidad Tecnologica Metropolitana (UTEM) y he decidido llevar a cabo dicho proyecto en su comuna, mas en especifico en el sector de la Feria Municipal ubicada en El Belloto. Lamentablemente el material que se encuentra a disposicion via web, es muy precario, y los sitios de la comuna (propiamente www.quilpue.cl, y el del sic de Quilpue) se encuentran inoperantes a esta fecha. Agradeceria profundamente enviarme informacion comunal referente a datos demograficos, sociologicos, cartograficos, viales, historicos, planimetricos, ecologicos, etc y cuanto material consideren relevante para poder crear un proyecto a la altura de la comuna y que sea un aporte real a las espectativas de la gente.







De antemano muy agradecido

Paulo Sancho Vega

Arquitectura y Creaciones

Fono:08/9740545

Paulus dijo...

Kachos: mis disculpas por no tener mayor información que aportar, la pàgina del municipio ya está nuevamente en funcionamiento, posiblemente estuvo en problemas por poco.